Desde el próximo viernes, 30 de abril, los casi 3.000 notarios que hay repartidos por toda España, incluso en pueblos pequeños, podrán autorizar los expedientes previos a la celebración de los matrimonios, que hasta esa fecha solo podían hacerse en el Registro Civil. Así, las parejas que quieran casarse podrán acudir a las notarías para que en ellas se tramite el acta previa matrimonial.
Los notarios, como funcionario público y autoridad reconocida, deberán comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos. Así mismo, deberán asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado. Además, determinarán el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes.