¿Qué es una demanda de ejecución de sentencia?

En general, todo proceso judicial culmina con una sentencia en la cual se establecen las obligaciones y compensaciones que una de las partes debe otorgar a la otra. No obstante, en ocasiones el beneficiario de dicha sentencia no recibe lo que le corresponde dentro del plazo estipulado. En estos casos -que son más comunes de lo que crees- se puede interponer una demanda de ejecución de sentencia con el respaldo de un abogado experimentado y un procurador.

¿Qué es la demanda de ejecución de sentencia?

En concreto, la demanda de ejecución de sentencia se define de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero), específicamente en su artículo 549. Allí se le denomina demanda ejecutiva. Esta herramienta jurídica permite al beneficiario de una sentencia hacerla efectiva. Para presentar esta demanda, es indispensable contar con la asistencia de un abogado y un procurador, y dirigirla al juzgado competente en el proceso. Es importante tener en cuenta que las sentencias firmes habilitan la vía ejecutoria para proteger los intereses de quienes resulten beneficiados.

Ya presentada la demanda de ejecución de sentencia, el demandado podrá presentar una oposición en un plazo de 10 días hábiles. También puede optar por cumplir con lo establecido en la sentencia, lo que dará por concluido el proceso de manera automática. Por el contrario, si el demandado no realiza ninguna de estas acciones, se iniciará el proceso de ejecución forzosa.

¿Cuál es el contenido de la demanda de ejecución de sentencia?

Como es lógico, la demanda de ejecución de sentencia debe contener toda la información necesaria para ser admitida. Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, es imprescindible incluir los siguientes elementos:

  • Establecimiento del tribunal en el que se debe presentar. El artículo 542 de la mencionada ley establece que todas las demandas que buscan la ejecución de una sentencia deben presentarse en el Juzgado de Primera Instancia que conoció del caso. Con la condición de que hagan referencia a resoluciones aprobadas y acuerdos judiciales.
  • Identificación de las partes. En efecto, es importante identificar tanto al demandante como al demandado. Cuando sea posible, el escrito de ejecución de sentencia debe incluir medidas para la investigación del patrimonio embargable y su correspondiente localización.
  • Fundamento jurídico de la demanda. Este apartado se encuentra en la propia Ley de Enjuiciamiento Civil, y es responsabilidad del abogado encargado del caso redactarlo.
  • Determinación de la tutela. En esta sección deben aparecer las cantidades reclamadas. Si hablamos de una obligación no dineraria, se debe especificar qué acciones se deben realizar o evitar.

Además, según el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si la demanda hace referencia a una sentencia firme de un tribunal competente o a la resolución de un secretario judicial, solo debe identificarse en el escrito, simplificando así el procedimiento.

Documentos necesarios para presentar la demanda ejecutiva

Al presentar una demanda de ejecución de sentencia, es importante incluir los documentos que detalla el Artículo 550 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC):

  • Título ejecutivo. Este documento es fundamental, a menos que la ejecución se base en una sentencia, decreto, acuerdo o transacción que ya estén registrados en el expediente. Si el título es un laudo arbitral, debe adjuntarse el convenio del mismo y los documentos que demuestren que las partes fueron notificadas al respecto. En el caso de un acuerdo de mediación que se haya convertido en escritura pública, debe presentarse una copia de las actas de la sesión inicial y final del procedimiento.
  • Poder del procurador. Si el representante legal no ha sido designado «apud acta» o si su designación ya no consta en el expediente, hay que adjuntar el poder otorgado al procurador. Esto aplica cuando se solicita la ejecución de sentencias, transacciones o acuerdos aprobados judicialmente.
  • Documentos que respalden los precios o cotizaciones aplicados para calcular la cuantía de deudas que no son dinerarias. Si no se trata de datos oficiales o de conocimiento público, es necesario incluir estos documentos.
  • Otros documentos requeridos por la ley para tramitar la ejecución.
  • Aparte de estos documentos, es recomendable adjuntar cualquier otro que se considere útil o conveniente para facilitar el proceso de ejecución y que contenga información relevante para su desarrollo.

¿Cómo concluye la demanda de ejecución de sentencia?

En realidad, existen dos tipos de ejecución derivados de una demanda de ejecución de sentencia. En primer lugar, la ejecución económica o dineraria, en la cual el demandado debe pagar al demandante la cantidad establecida en la sentencia. Asimismo responderá por los gastos administrativos y los intereses por mora. De no tener capacidad para pagar en efectivo, el juez autorizará el embargo de sus bienes. Es pertinente tener en cuenta que existen bienes que no pueden ser embargados, como el Salario Mínimo Interprofesional.

Por otro lado, el segundo tipo de ejecución es la no dineraria. Esto se aplica a los casos en los que la sentencia no exige el pago de una cantidad, sino la entrega de un bien, la liquidación de daños y perjuicios específicos o la obligación de realizar o abstenerse de hacer algo. Un ejemplo común es la restitución de un trabajador en su lugar de trabajo por despido improcedente.

Sin duda, esta ejecución es más compleja, ya que puede estar relacionado con el ámbito del Derecho Penal. En tales casos, el juez puede decidir el pago de multas establecidas por la normativa. O bien, dictar penas de prisión por un período determinado, según el delito, o conceder libertad condicional de acuerdo con los requisitos legales.

¿Cuánto tiempo lleva una ejecución de sentencia y qué sucede si no se cumple?

Una vez que la sentencia es firme, el demandado tiene un plazo de 20 días para cumplirla. Si no lo hace, el demandante tiene la posibilidad de iniciar una demanda de ejecución de sentencia para hacerla efectiva. Desde ese momento, los plazos suelen variar considerablemente, porque están sujetos a la capacidad del juzgado para gestionar la demanda. Por eso, es común la inclusión de intereses por mora.

En resumen, ya presentada la demanda ejecutiva, el Tribunal comprobará que concurran los presupuestos y requisitos procesales, que el título ejecutivo no presente ninguna irregularidad formal y que los actos de ejecución solicitados sean conformes con la naturaleza y contenido del título. Entonces, dictará un auto conteniendo la orden general de ejecución y despachará la misma. A propósito de esto, te recomendamos consultar el artículo 551 de la LEC, que considera una serie de detalles incluidos en el mencionado auto.

El mismo día o en el siguiente día hábil en que se dicte el auto, el Juez, Magistrado o Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, dictará un decreto que contendrá:

  • Medidas ejecutivas concretas y procedentes, incluyendo, de ser posible el embargo de bienes.
  • Orden de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo indicado en los artículos 589 y 590.
  • Contenido del requerimiento de pago al deudor, si el caso lo requiere.

Como dijimos, si el demandado no acata las medidas dictadas, procede la ejecución forzosa. Esta última consiste en un procedimiento judicial cuyo objetivo es hacer cumplir los términos de la sentencia firme. Este recurso está regulado tanto en el Código Civil como el Libro III, Título III de la misma Ley. Pero este es tema para otro artículo.

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